Ética de la comunicación... El derecho a la intimidad, las fake news y la posverdad

21.11.2024

Tras la conferencia del profesor Enrique Herrera Viedma sobre los desafíos y las oportunidades que plantea la Inteligencia Artificial, iniciamos, con la intervención de Justa Gómez Navajas sobre la "Ética de la comunicación… El derecho a la intimidad, las fake news y la posverdad", el ciclo de conferencias que hemos denominado "Informados y Conectados" con el que el Centro Suárez quiere aportar un grano de arena en la reflexión sobre este tema tan actual como controvertido.

Justa Gómez, quien es profesora en la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada y columnista habitual del diario el IDEAL de Granada, abordó en primer lugar el tema del derecho a la intimidad que a más de uno preocupa. No es agradable sentirse y saberse observado y, mucho menos, que la información sobre nuestra vida privada esté en manos de conglomerados de la información y la comunicación que la pueden utilizar para fines no muy éticos.

Al respecto enumero los delitos que pueden ser ocasionados por el mal uso de la IA:

  • Intrusismo informático – Hacking.
  • Ciberacoso.
  • Suplantación de personalidad (perfiles falsos).
  • Contra la integridad moral (derecho a no ser humillado).
  • Pornografía, en especial cuando son imágenes de menores.
  • Estafas o phishing.
  • Publicidad falsa.
  • Vídeos falsos.

El segundo momento lo ocuparon las famosas "fake news" (bulos o noticias falsas) que han llegado a un punto muy alto de sofisticación gracias a las herramientas de la IA. No se trata del retoque de una fotografía o de lanzar un bulo para desprestigiar a una persona o crear una tendencia, se trata de manipular la opinión de la sociedad llevándola a decidir desde noticias e informaciones que responden a los intereses de quienes las difunden.

Hay varios delitos ocasionados por la divulgación de bulos:

  • Contra el honor de colectivos.
  • Contra la salud pública, por ejemplo, anunciar tratamientos médicos sin contraste científico.
  • Delitos de odio o que lleven al odio, por ejemplo, el negacionismo.
  • Desórdenes públicos. Divulgar bulos que puedan generarlos.
  • Delito electoral (aunque aún no está tipificado).

A tenor de la divulgación de los bulos introdujo el concepto de la posverdad afirmando que los bulos no son inocuos. "El término posverdad es un neologismo que se refiere a la distorsión deliberada de una realidad, manipulando creencias y emociones con el objetivo de influir en la opinión pública y en las actitudes sociales, tal y como lo define la Real Academia Española de la Lengua (RAE).

El concepto de posverdad, también conocido como mentira emotiva, implica que los hechos objetivos tienen menos impacto que los argumentos emocionales y las creencias personales de la persona que construye un discurso con la finalidad de crear y modelar la opinión de las personas que le escuchan e influir en su conducta". (https://www.unir.net/revista/derecho/que-es-la-posverdad/).

Para finalizar introdujo un par de reflexiones más. La primera, sobre la pertinencia o no de agregar nuevos delitos en el ordenamiento jurídico para perseguir y prevenir los excesos de la IA y la posverdad y, la segunda, sobre la aportación que hace la IA para la prevención y persecución de los delitos.

Estamos, ciertamente, en una nueva era, la determinada por la expansión del universo digital y por la irrupción de la Inteligencia Artificial a la que nos asomamos con pudor por la velocidad vertiginosa de sus cambios y por el alcance ilimitados de sus manos. No obstante, terminó la ponente, la verdad debe prevalecer frente a los bulos y, citando a Jesús de Nazaret, decía: "La verdad os hará libres".